Actualidad · Facturación
Actualizado el 6 de octubre de 2026
Hacienda ha anunciado un nuevo horizonte para VeriFactu y futuros cambios normativos y técnicos para coordinar mejor su implantación con la factura electrónica. Explicamos qué ha cambiado, qué sigue vigente y cómo afecta este nuevo escenario a los planes de Cucunver.
—¿Nos afecta VeriFactu?
Es una pregunta que probablemente haya aparecido en más de una reunión de junta o en alguna conversación con la persona que lleva los asuntos económicos de la asociación.
Se habla de nuevas obligaciones, cambios en los programas de facturación y fechas que se han ido modificando.
Y empiezan las dudas.
¿Tenemos que adaptarnos? ¿A partir de cuándo? ¿Tendremos que cambiar nuestra forma de emitir facturas? ¿Nuestro programa estará preparado?
El problema es que no todas las asociaciones tienen las mismas circunstancias. Por eso, antes de pensar en cambiar de herramienta o modificar la forma de trabajar, conviene entender qué es VeriFactu, a quién afecta y qué sabemos hasta ahora.
También queremos explicar en qué punto se encuentra Cucunver y cómo estamos adaptando nuestros planes al nuevo escenario anunciado por Hacienda.
Actualización · Octubre de 2026
Qué ha cambiado en octubre de 2026
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda anunció una nueva ampliación del calendario previsto para los sistemas informáticos de facturación.
El nuevo horizonte anunciado para las obligaciones pendientes es octubre de 2028.
El objetivo es coordinar este calendario con el de la factura electrónica y avanzar hacia una mayor convergencia entre ambas normativas, tanto desde el punto de vista técnico como normativo.
Hacienda también ha señalado que, una vez aprobada esta alineación de calendarios, se abordarán nuevos cambios para acercar sus ámbitos de aplicación y determinados aspectos técnicos, teniendo en cuenta además los futuros requisitos europeos de reporte digital derivados de ViDA.
Hay una diferencia importante: octubre de 2028 es, en este momento, el nuevo horizonte anunciado por Hacienda, pero todavía debe incorporarse formalmente a la normativa que regula los plazos de adaptación de los sistemas informáticos de facturación.
Por eso, a fecha de actualización de este artículo, conviene distinguir entre lo que establece actualmente la normativa y el cambio que Hacienda ha anunciado.
Puedes consultar la comunicación oficial del Ministerio de Hacienda sobre la previsión de ampliación del plazo .
¿Qué es VeriFactu y qué cambia?
VeriFactu forma parte de la nueva normativa que establece los requisitos que deben cumplir determinados sistemas informáticos de facturación.
Su objetivo es garantizar que los registros de facturación conserven su integridad, puedan seguirse y no se alteren sin dejar constancia.
Dicho de una manera más sencilla: se establecen unas condiciones para que los programas que emiten facturas generen registros fiables y trazables.
La normativa contempla dos modalidades de funcionamiento para los sistemas informáticos de facturación.
Dos modalidades de funcionamiento
Una de ellas es VERI*FACTU, que permite enviar los registros de facturación directamente a la Agencia Tributaria.
La otra es el sistema de emisión de facturas no verificables (NO VERI*FACTU), que también debe cumplir los requisitos establecidos, aunque no realiza ese envío automático.
Esta diferencia es importante: la obligación de utilizar un sistema de facturación adaptado no significa necesariamente que todas las entidades deban enviar automáticamente sus registros a Hacienda.
La Agencia Tributaria explica las características de ambas modalidades y sus requisitos en su página oficial sobre Sistemas Informáticos de Facturación y VERI*FACTU .
¿Cómo afecta VeriFactu a las asociaciones sin ánimo de lucro?
Aquí aparece una de las principales dudas.
Una asociación puede cobrar cuotas, organizar actividades, recibir donaciones, prestar determinados servicios o realizar otras operaciones económicas.
Pero no todas esas situaciones tienen necesariamente las mismas consecuencias en materia de facturación.
Por eso, no sería correcto afirmar que todas las asociaciones están obligadas a adaptarse a VeriFactu por el simple hecho de ser asociaciones.
Tampoco que ninguna está obligada por carecer de ánimo de lucro.
La aplicación de la normativa depende, entre otras cuestiones, de la situación tributaria de la entidad, de las operaciones que realiza, de sus obligaciones de facturación y del territorio fiscal que le corresponde.
Además, existen determinados supuestos excluidos de la normativa estatal, como los contribuyentes acogidos al Suministro Inmediato de Información (SII).
Las asociaciones sujetas a normativa tributaria foral deberán comprobar qué disposiciones les corresponden, ya que pueden quedar fuera del ámbito de aplicación del reglamento estatal.
¿Por dónde debería empezar una asociación?
Antes de preocuparse por las características técnicas de un programa, lo más útil es aclarar si la normativa le resulta aplicable.
Si la asociación emite facturas, conviene revisar qué operaciones factura y qué obligaciones tiene.
Y, si existen dudas, consultarlas con la persona o asesoría que se encargue de sus cuestiones fiscales.
No hace falta anticipar cambios sin saber todavía si son necesarios.
Lo importante es conocer la situación concreta de la entidad y, a partir de ahí, preparar la adaptación que corresponda.
¿Cuándo entra en vigor VeriFactu para las asociaciones?
Este es uno de los puntos que más confusión ha generado, especialmente porque las fechas previstas han vuelto a cambiar.
A fecha de actualización de este artículo, es importante distinguir entre el calendario que continúa formalmente recogido en la normativa y el nuevo calendario anunciado por Hacienda.
Normativa actualmente vigente
Lo que establece actualmente la normativa
El calendario aprobado mediante el Real Decreto-ley 15/2025 continúa estableciendo estos plazos para la adaptación de los sistemas informáticos de facturación:
Antes del 1 de enero de 2027
Entidades que presentan el Impuesto sobre Sociedades.
Antes del 1 de julio de 2027
Resto de obligados tributarios incluidos en el reglamento.
La Agencia Tributaria continúa mostrando estos plazos en su información oficial y el texto vigente del Real Decreto 1007/2023 los mantiene en este momento.
Cambio anunciado por Hacienda
Lo que ha anunciado Hacienda
El 5 de octubre de 2026, Hacienda comunicó su previsión de modificar estos plazos y aplazar las obligaciones pendientes de aplicación del Reglamento de sistemas informáticos de facturación hasta octubre de 2028.
El objetivo anunciado es hacer coincidir ese horizonte con la obligatoriedad de la factura electrónica para empresarios y profesionales cuya facturación anual no supere los 8 millones de euros.
Por tanto, no sería preciso afirmar todavía que la normativa establece octubre de 2028 como nueva fecha.
Octubre de 2028 es el nuevo horizonte anunciado por Hacienda, pendiente de la correspondiente modificación normativa.
Además, estas fechas no deben interpretarse como si todas las asociaciones estuvieran automáticamente incluidas. Primero es necesario determinar si la normativa resulta aplicable a la entidad.
Dado que el calendario ya ha cambiado en varias ocasiones y ahora se prevén nuevas modificaciones, conviene consultar siempre las fuentes oficiales antes de tomar decisiones.
¿Qué relación tiene este aplazamiento con la factura electrónica?
VeriFactu y la factura electrónica no son lo mismo.
VeriFactu está relacionado con los requisitos que deben cumplir determinados sistemas informáticos de facturación y con la generación y, en su modalidad verificable, remisión de los registros de facturación.
La factura electrónica entre empresarios y profesionales responde a otra regulación y tiene sus propios requisitos.
Sin embargo, Hacienda ha considerado conveniente coordinar sus calendarios para evitar que empresas y profesionales tengan que afrontar adaptaciones sucesivas en un periodo relativamente corto.
Además de alinear los plazos, Hacienda ha anunciado que posteriormente abordará cambios destinados a conseguir una mayor convergencia entre los ámbitos de aplicación y determinados aspectos técnicos de ambas normativas.
En ese trabajo también se tendrán en cuenta los futuros requisitos de reporte digital derivados de la normativa europea ViDA.
Esto no convierte VeriFactu y la factura electrónica en una misma obligación. Significa que su desarrollo e implantación estarán más coordinados de lo previsto inicialmente.
¿Qué puede cambiar en el trabajo diario de una asociación?
Para una asociación a la que resulte aplicable esta normativa, uno de los aspectos que deberá revisar es el sistema informático que utiliza para emitir facturas.
No se trata únicamente de cambiar el aspecto de un documento.
Los programas afectados deberán cumplir determinados requisitos relacionados con la generación, conservación y trazabilidad de los registros de facturación.
El alcance de los cambios dependerá del sistema que utilice cada entidad y de la modalidad de funcionamiento correspondiente.
Por eso es importante conocer cómo se está preparando el proveedor del programa y qué información facilitará sobre su adaptación.
Pero también conviene evitar una confusión habitual.
VeriFactu no afecta automáticamente a todas las tareas económicas que realiza una asociación.
Gestionar socios, consultar cuotas, organizar actividades, registrar ingresos y gastos o controlar la tesorería son tareas diferentes de la emisión de facturas, aunque puedan estar relacionadas.
Y la normativa de los sistemas informáticos de facturación tampoco debe confundirse con el conjunto de obligaciones relacionadas con la facturación electrónica.
Son cuestiones diferentes, aunque Hacienda haya anunciado ahora su intención de coordinar mejor su implantación.
Actualización sobre Cucunver
¿Cómo se está preparando Cucunver para VeriFactu?
En Cucunver habíamos comenzado a trabajar en la integración de VeriFactu.
Ante el nuevo escenario anunciado por Hacienda, hemos decidido pausar temporalmente su desarrollo.
El motivo es sencillo: además de ampliar el calendario, Hacienda ha anunciado que habrá nuevos cambios normativos y técnicos para avanzar hacia una mayor convergencia entre los sistemas informáticos de facturación y la factura electrónica.
Continuar desarrollando ahora sobre requisitos que previsiblemente van a modificarse podría implicar realizar adaptaciones que después hubiera que revisar.
Por eso, preferimos esperar a que exista mayor claridad sobre los requisitos definitivos antes de continuar con el desarrollo.
Esto no significa que hayamos cancelado la integración.
El desarrollo queda temporalmente pausado hasta que el nuevo marco normativo y técnico esté suficientemente definido.
No tenemos en este momento una nueva fecha prevista de disponibilidad.
Cuando exista información confirmada que permita retomar el desarrollo con mayor seguridad, comunicaremos las novedades.
Mientras tanto, Cucunver continúa siendo un software de gestión para asociaciones con el que organizar socios, cuotas, actividades, comunicaciones y otras tareas habituales.
Cucunver no sustituye el asesoramiento fiscal o contable que pueda necesitar cada entidad.
Prepararse sin adelantarse a lo que todavía no sabemos
Los últimos cambios refuerzan una idea que ya era importante: prepararse no significa precipitarse.
Hacienda ha anunciado un nuevo horizonte para VeriFactu y, además, futuras modificaciones normativas y técnicas para coordinar mejor su implantación con la factura electrónica.
Pero parte de esos cambios todavía tienen que concretarse.
Por eso, para una asociación, lo más útil ahora es conocer si la normativa le resulta aplicable, seguir la información oficial y evitar tomar decisiones basadas en requisitos que todavía pueden cambiar.
En Cucunver hemos optado por hacer lo mismo con el desarrollo.
La integración de VeriFactu queda temporalmente pausada hasta disponer de suficiente claridad sobre el nuevo marco normativo y técnico. Cuando los requisitos estén definidos y podamos retomar la adaptación con mayor seguridad, continuaremos trabajando sobre ellos.
Y, como hasta ahora, iremos comunicando las novedades cuando estén confirmadas.
Preguntas frecuentes sobre VeriFactu para asociaciones
¿Todas las asociaciones están obligadas a utilizar VeriFactu?
No necesariamente.
La aplicación de la normativa depende de las circunstancias tributarias de cada asociación, sus operaciones, sus obligaciones de facturación y el territorio fiscal que le corresponde.
Por tanto, no debe darse por hecho que todas las asociaciones sin ánimo de lucro están obligadas ni que todas están excluidas.
¿Las asociaciones que solo cobran cuotas tienen que adaptarse?
El hecho de cobrar cuotas no permite determinar, por sí solo, si una asociación debe adaptarse.
Es necesario conocer la naturaleza de las operaciones, las obligaciones de facturación de la entidad y el resto de sus circunstancias.
Si existen dudas, lo adecuado es revisar el caso concreto con quien se encargue de sus asuntos fiscales.
¿Es obligatorio enviar todas las facturas automáticamente a Hacienda?
La normativa contempla sistemas adaptados que funcionan tanto en modalidad VERI*FACTU como mediante un sistema de emisión de facturas no verificables (NO VERI*FACTU).
La primera permite remitir automáticamente los registros de facturación a la Agencia Tributaria. La segunda debe cumplir otros requisitos específicos sin realizar ese envío automático.
Por tanto, la adaptación a la normativa no implica necesariamente utilizar la modalidad de envío automático.
¿VeriFactu y la factura electrónica son lo mismo?
No.
VeriFactu está relacionado con los requisitos que deben cumplir determinados sistemas informáticos de facturación y con la posibilidad de remitir sus registros a la Agencia Tributaria.
La facturación electrónica es una cuestión diferente y tiene su propia regulación.
Lo que ha cambiado es que Hacienda ha anunciado su intención de coordinar sus calendarios y avanzar hacia una mayor convergencia normativa y técnica entre ambos sistemas.
¿VeriFactu se ha aplazado hasta octubre de 2028?
Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 su previsión de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de aplicación del Reglamento de sistemas informáticos de facturación.
Sin embargo, a fecha de actualización de este artículo, este nuevo calendario todavía debe incorporarse formalmente a la normativa correspondiente.
Por eso conviene diferenciar entre el aplazamiento anunciado por Hacienda y los plazos que continúan actualmente recogidos en la normativa .
¿Cuándo estará disponible VeriFactu en Cucunver?
El desarrollo de la integración está temporalmente pausado.
Ante la previsión de nuevos cambios normativos y técnicos anunciados por Hacienda, hemos decidido esperar a que los requisitos estén suficientemente definidos antes de continuar.
Esto no significa que hayamos cancelado la integración, pero actualmente no existe una nueva fecha prevista de disponibilidad.
Informaremos cuando haya novedades confirmadas y podamos retomar el desarrollo sobre un marco más definido.
Cucunver seguirá adaptándose cuando el nuevo marco esté definido
El cambio anunciado por Hacienda modifica el escenario sobre el que habíamos empezado a desarrollar la integración de VeriFactu.
Por eso hemos optado por esperar a que los nuevos requisitos normativos y técnicos estén suficientemente claros antes de continuar. La integración no está cancelada: su desarrollo está temporalmente pausado.
Mientras tanto, Cucunver continúa ayudando a las asociaciones a organizar socios, cuotas, actividades, comunicaciones y otras tareas habituales de su gestión.
